Policía no devolverá armas a pacientes de cannabis pese a decisión del Tribunal Supremo
“Sabemos lo que expresó el Tribunal Supremo en cuanto a eso, pero nosotros tenemos que esperar, ¿verdad?, de cambiar las leyes y los reglamentos para poder establecer eso que usted está diciendo”, expresó.
El funcionario añadió que cualquier reclamación se evaluará caso a caso y no de forma general.
“Le corresponde a la persona, el derecho rogado le corresponde a la persona hacer las alegaciones para que se les devuelvan las armas. Digo que se les devuelvan, no, que se les otorga la licencia o no se otorga licencia personal con licencia de cannabis”, indicó.
El director de la División Legal de la Policía, Pedro Torres, señaló que el superintendente realizará un análisis jurídico junto al equipo legal de la agencia antes de fijar una postura oficial.
“En estos momentos conocemos, como bien señaló el coronel, cómo se pronunció el tribunal, pero en efecto tenemos que coincidir que es un proceso que el señor superintendente evaluaría con un análisis ponderado con el equipo legal”, expresó.
Según Torres, esa revisión abarcará reglamentos, guías y políticas internas.
“Sabemos que debemos de manera jerárquica asumir las decisiones del Tribunal Supremo. Sin embargo, para ser responsable, no puedo contestarte esa pregunta ahora porque tenemos que hacer un análisis jurídico exhaustivo”, sostuvo.
La Policía tampoco ofreció una fecha para completar esa evaluación. Torres indicó que el asunto será atendido “próximamente” y reconoció que se trata de un tema prioritario.
“Ha pasado con otras legislaciones federales que no operan automáticamente en Puerto Rico. Hasta nosotros revisar la reglamentación, las disposiciones legales que afecten cada tema en particular, pero sí es un tema a atender que debe ser prioritario”, afirmó.
Un fallo que podría influir en Puerto Rico
La postura de la Policía surge semanas después de que el Tribunal Supremo de Estados Unidos determinara de forma unánime que el consumo frecuente de marihuana, por sí solo, no basta para privar a una persona de su derecho constitucional a poseer armas de fuego.
En su decisión, el máximo foro concluyó que el gobierno federal no demostró que toda persona que consume marihuana regularmente represente automáticamente un peligro para la sociedad o deba perder las protecciones de la Segunda Enmienda.
Lea también: Tribunal Supremo concluye que consumir marihuana no basta para perder el derecho a tener armas
Aunque el fallo no modifica automáticamente las leyes vigentes en Puerto Rico, sí podría tener implicaciones en la Isla, donde actualmente el Senado evalúa el Proyecto de la Cámara 651.
La medida, ya aprobada por la Cámara de Representantes, propone prohibir expresamente que una persona con una licencia vigente de cannabis medicinal pueda obtener una licencia de armas y autoriza mecanismos para que el Negociado de la Policía verifique si un solicitante mantiene una licencia activa de cannabis medicinal.
Si bien la decisión del Tribunal Supremo no invalida ese proyecto ni cambia la legislación puertorriqueña, especialistas han señalado que podría convertirse en un precedente importante para futuras controversias judiciales sobre restricciones dirigidas específicamente a pacientes de cannabis medicinal.
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