Tribunal Supremo asumirá controversia sobre la validez del contrato de LUMA
La determinación coloca el caso directamente ante el máximo foro judicial del país, que ahora deberá resolver si la extensión del contrato fue válida o si, como alegan las agencias gubernamentales, el documento es nulo desde su origen.
La controversia gira en torno a la Carta-Extensión, suscrita para extender el contrato de LUMA. La Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP), la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), la gobernadora Jenniffer González Colón y el Gobierno de Puerto Rico sostienen que ese documento nunca debió tener validez legal por presuntamente no cumplir con los requisitos exigidos.
LUMA, por su parte, sostiene que la Carta-Extensión fue solicitada, aprobada y suscrita por las propias entidades gubernamentales, por lo que actuó de buena fe al confiar en las representaciones oficiales del Gobierno. Además, argumenta que realizó inversiones y operó durante más de tres años bajo la creencia de que la extensión era plenamente válida.
Como parte de su resolución, el Tribunal Supremo consolidó ambos recursos al concluir que tratan sobre una misma controversia jurídica y fijó el calendario para la continuación del litigio.
Las partes peticionarias tendrán un término de 30 días para presentar sus alegatos. Además de exponer los méritos de sus reclamaciones, el Supremo les ordenó abundar sobre los remedios que solicitan y explicar cuál sería el proceso de transición que tendría lugar si finalmente prevalece su contención de que la Carta-Extensión es nula.
Posteriormente, LUMA dispondrá de otros 30 días para presentar su respuesta.En la resolución, el Tribunal reconoció que la controversia requiere analizar contratos altamente especializados, legislación particular, el proceso de quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) bajo la ley federal PROMESA y las competencias de diversas entidades públicas.
Asimismo, indicó que será necesario determinar quién tenía la responsabilidad de obtener las aprobaciones requeridas para la Carta-Extensión, si las actuaciones realizadas cumplían con las exigencias legales y si LUMA podía identificar razonablemente las supuestas irregularidades antes de comenzar la prestación del servicio.
El máximo foro también señaló que deberá evaluar si las omisiones alegadas por el Gobierno son susceptibles de corrección o si, por el contrario, constituyen defectos que invalidarían el acuerdo desde su origen.
La decisión no fue unánime. El juez asociado Ángel Colón Pérez emitió un voto disidente, al que se unieron la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y los jueces asociados Rafael Martínez Torres y Erick Kolthoff Caraballo.
En una expresión adicional, Kolthoff Caraballo aclaró que su desacuerdo no pretende adelantar criterio sobre la validez de la Carta-Extensión ni sobre los méritos de las reclamaciones. Sin embargo, sostuvo que la controversia plantea asuntos novedosos y complejos que ameritan el desarrollo de un expediente probatorio completo en el Tribunal de Primera Instancia antes de ser atendida por el Supremo.
Tras conocerse la resolución, LUMA Energy destacó que el propio Tribunal reconoce que la determinación es de carácter procesal y no constituye una decisión sobre el fondo del caso.
“LUMA recibió esta tarde la resolución emitida por el Tribunal Supremo de Puerto Rico de expedir los recursos de certificación intrajurisdiccional presentados por el Gobierno de Puerto Rico y sus corporaciones públicas, consolidando los mismos como solicitó LUMA. Es importante aclarar que, como reconocen las expresiones allí vertidas, esta decisión es procesal y no mira los méritos del caso”, expresó la empresa en declaraciones escritas.
La compañía reiteró que entiende que el litigio debió comenzar en el Tribunal de Primera Instancia para permitir la presentación de prueba y testimonios de los funcionarios que, según alegó, validaron el acuerdo.
“Aunque la empresa entiende que el proceso debió comenzar a discutirse en el Tribunal de Primera Instancia para permitirle al pueblo de Puerto Rico conocer la prueba y los testimonios de los funcionarios que validaron el acuerdo y que ahora con sus actuaciones han colocado en riesgo el bienestar colectivo, la continuidad del servicio eléctrico y la llegada de fondos federales, respetamos la determinación y estamos listos para presentar nuestra posición y los fundamentos para sostenerla de manera contundente”, indicó.
LUMA añadió que evaluará la resolución en detalle y responderá dentro del término concedido por el Tribunal Supremo.
“Estaremos evaluando la determinación detenidamente y responderemos según solicitado por el Honorable Tribunal. LUMA continúa su labor contra viento y marea, en beneficio del pueblo de Puerto Rico”, concluyó la empresa.
La resolución del Tribunal Supremo no resuelve todavía la controversia sobre la validez del contrato, sino que confirma que será el propio máximo foro judicial el encargado de adjudicar un caso que podría tener importantes implicaciones para el futuro del sistema de transmisión y distribución eléctrica de Puerto Rico y para la relación contractual entre el Gobierno y LUMA Energy.
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