El jefe policiaco añadió que, tras la evaluación correspondiente, “no existe impedimento legal para la devolución de sus armas y licencia”.
La demanda federal, radicada en el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico y asignada al juez Pedro A. Delgado-Hernández, alegaba violaciones a las enmiendas Segunda, Cuarta y Decimocuarta de la Constitución federal por la retención continua de la licencia y armas confiscadas durante la investigación criminal.
Meléndez Velázquez fue absuelto el 6 de febrero por el juez Ángel M. Llavona Folguera, quien concluyó que existían elementos de legítima defensa y duda razonable sobre su culpabilidad en el caso ocurrido en Yauco en julio de 2025.
Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que Meléndez Velázquez actuó motivado por “envidia” y presentó evidencia sobre disputas vecinales previas, cámaras de vigilancia y alegadas provocaciones relacionadas con sonidos de coquíes reproducidos desde la residencia del acusado.
Sin embargo, la defensa argumentó que Viqueira lanzó piedras, disparó primero y que el acusado actuó para proteger su vida. El tribunal finalmente absolvió a Meléndez Velázquez de todos los cargos.
Hay otras controversias. Recientemente, Meléndez Velázquez y Moshayra Vicente, viuda de Viqueira Ríos, solicitaron órdenes de protección mutuas bajo la Ley 284 de acecho en el Tribunal de Sabana Grande.
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