La sentencia, emitida por el juez superior Anthony Cuevas Ramos, concluyó que Hernández Ortiz carece de legitimación activa para invocar el Artículo 34-A del Código Político, mecanismo legal que utilizó para solicitar una orden judicial contra la secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres.
La controversia surgió luego de que el senador radicara una petición de información aprobada unánimemente por el Senado el pasado 4 de mayo, mediante la cual solicitó un listado de los casos archivados al amparo de la Orden Administrativa 2025-09 y copia de las órdenes de cierre y archivo correspondientes.
Según el expediente judicial, Justicia rechazó entregar los documentos al sostener que forman parte de procesos investigativos y deliberativos internos de la agencia.
Posteriormente, el Senado aprobó una moción otorgando a la secretaria de Justicia un plazo adicional de 48 horas para entregar la información y autorizando la adopción de acciones legales para defender las prerrogativas legislativas. Hernández Ortiz alegó ante el tribunal que contaba tanto con la aprobación del cuerpo legislativo como con el visto bueno del presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, para presentar el recurso.
No obstante, el tribunal determinó que el propio lenguaje del Artículo 34-A delimita claramente quiénes pueden acudir a los tribunales para exigir la comparecencia de testigos o la entrega de documentos en investigaciones legislativas. Según el juez, esa facultad corresponde al presidente o vicepresidente de los organismos legislativos contemplados en la ley, y no a un senador actuando por cuenta propia.
“El propio cuerpo normativo establece quiénes y en qué calidad estarán legitimados para acudir ante este foro”, sostuvo Cuevas Ramos.
Asimismo, concluyó que Hernández Ortiz presentó la acción sin demostrar que ocupa alguno de los cargos que la ley exige para instar este tipo de recurso judicial.
Tras conocerse la determinación, Hernández Ortiz reaccionó asegurando que el tribunal no atendió los méritos de la controversia, sino únicamente un aspecto procesal relacionado con su capacidad para presentar el recurso.
“La determinación en contra, tomada por el juez Anthony Cuevas, no entra en los aspectos sustantivos de nuestra petición, sino que determina que como senador de minoría no tengo legitimación o ‘standing’ para acudir al Tribunal. ¿Por qué tratar a un legislador de minoría distinto a un Presidente? ¿Dónde queda el reconocimiento otorgado desde el 1986 a las minorías legislativas? Es una respuesta que solo el Tribunal puede dar”, expresó el legislador.
El portavoz popular adelantó que evalúa las alternativas legales disponibles para continuar la disputa y sostuvo que la decisión no pondrá fin a los esfuerzos para obtener la información solicitada.
“Ahora bien, ante la determinación del juez Cuevas, estamos evaluando los próximos pasos y los mecanismos disponibles para vindicar nuestras prerrogativas legislativas. De algo estemos claros, esto no nos detendrá. Y es que no nos puede detener: se trata de defender una prerrogativa constitucional que tenemos. Más importante aún, nuestro reclamo judicial se hizo con el respaldo del Senado —mediante moción aprobada por el cuerpo de forma unánime— para defender las facultades que se nos han coartado ante la negativa del Departamento de Justicia de proveer documentos solicitados”, sostuvo.
Hernández Ortiz también arremetió contra el Departamento de Justicia y cuestionó la negativa de la agencia a divulgar la documentación requerida por el Senado.
“Sabemos que al Departamento de Justicia le molesta que cuestionen su proceder, pero es que las acciones de la agencia son altamente cuestionables. Realmente nos seguimos cuestionando: ¿qué esconden?”, manifestó.
La decisión representa un revés judicial para el senador popular en su intento por obtener información relacionada con expedientes archivados en la División de Integridad Pública. Sin embargo, la sentencia no entra a resolver si el Departamento de Justicia está obligado o no a entregar los documentos solicitados, sino que se limita a concluir que Hernández Ortiz no era la persona autorizada por ley para presentar la reclamación bajo el mecanismo utilizado.
Por ello, el tribunal ordenó la desestimación de la solicitud presentada por el legislador, cerrando así el caso radicado contra la secretaria de Justicia.
Vea el documento:
Sentencia (Tribunal desestima recurso de Luis Javier contra Justicia) by Metro Puerto Rico
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