Se mantiene credencial de prensa para acceso a La Fortaleza: Supremo no acoge reclamo del CPI
El requisito de presentar una credencial de prensa emitida por el Departamento de Estado para acceder a conferencias en La Fortaleza se mantiene vigente luego de que el Tribunal Supremo de Puerto Rico decidiera no intervenir en el caso presentado por el Centro de Periodismo Investigativo (CPI).
En una resolución emitida el 17 de abril de 2026, el alto foro declaró “no ha lugar” la solicitud del CPI, al concluir que la controversia aún requiere mayor desarrollo en los tribunales inferiores antes de una adjudicación final. De esta forma, el Supremo dejó en pie la determinación del Tribunal de Apelaciones que avala la exigencia de la certificación como condición para el acceso a actividades de prensa en la Mansión Ejecutiva.
La decisión se da en el contexto de un giro en el caso, luego de que el foro apelativo revocara una sentencia previa del Tribunal de Primera Instancia que había concluido que exigir dicha credencial era inconstitucional por violar la libertad de prensa. El panel apelativo, sin embargo, determinó que la certificación no constituye una restricción indebida y que existen mecanismos administrativos disponibles para que los periodistas la obtengan.
Tras ese revés, el CPI acudió al Supremo al sostener que el requisito representa una barrera al ejercicio periodístico y otorga al Estado control sobre quién puede hacer preguntas en La Fortaleza. La organización había advertido que se trataba de una afrenta directa a la libertad de prensa.
No obstante, el Supremo evitó entrar en los méritos del planteamiento en esta etapa. El tribunal indicó que intervenir ahora sería prematuro, dado que no existe un expediente suficientemente desarrollado que permita evaluar el balance constitucional entre la libertad de prensa y las facultades administrativas del Estado.
La resolución contó con un voto disidente del juez asociado Ángel Colón Pérez, quien sostuvo que exigir una certificación del Departamento de Estado como condición para acceder a conferencias de prensa constituye una limitación al ejercicio de la libertad de prensa. El magistrado advirtió que permitir al Ejecutivo determinar quién accede a estos espacios abre la puerta a un control indebido sobre la labor periodística.
El caso continuará su curso en los tribunales inferiores, mientras permanece vigente el requisito de credencial, en medio de críticas de gremios periodísticos que han advertido sobre sus implicaciones para el acceso a la información pública en Puerto Rico.
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