Radican querella contra hombre que benefició a las madres de sus hijos para que recibieran cupones
El querellado, quien también estaba destacado en el Programa de Ayuda de Energía para Hogares de Bajo Ingreso (LIHEAP, en inglés), modificó, en 2022, la elegibilidad de esta mujer para recibir $251.62 de asistencia económica para el pago de servicio de energía eléctrica al cual no era elegible.
El año siguiente, volvió a certificar la elegibilidad para recibir $352.98 destinados a los mismos fines, y en 2024, la cantidad ascendió a $1,000 a favor de esta familia.
Del mismo modo, la demanda establece que Martínez Burgos accedió en 2022 al expediente de la otra mujer, con quien tiene un hijo, y modificó una información para que esta mujer cualificara para recibir $195 de beneficio de PAN, que por su ingreso de $1,196 mensuales, no cualificaba.
En el proceso de evaluación, la ADSEF se percató de que la beneficiada era participante del programa y empleada del mismo Departamento; sin embargo, no era elegible para recibir los beneficios.
Según Ética, el querellado violentó el Articulo 4.2 (b) y Articulo 4.2 (q) de la Ley 1-2012 que establece que ningún servidor público puede intervenir con información de sus familiares o allegados para obtener un beneficio que no este permitido en ley. Así como expedir como verdadera información que contenga declaraciones que le consten que son falsas.
Por esto, Ética le impuso una acción administrativa y multas por infracciones al Código de Ética y una “sanción civil equivalente a tres veces el valor del beneficio económico recibido”. De proceder, Martínez Burgos deberá restituir los fondos públicos desembolsados.
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