Proponen penalizar amenazas o maltrato a mascotas para manipular a envejecientes
La senadora Wandy Soto Tolentino presentó el Proyecto del Senado 1070, una medida que propone enmendar el Código Penal de Puerto Rico para incluir como modalidad de amenaza penal la intimidación mediante daño o maltrato a un animal de compañía, cuando se utilice con el propósito de coaccionar, intimidar o causar daño emocional a una persona de edad avanzada.
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La exposición de motivos del proyecto destaca que el abuso contra las personas de la tercera edad no se limita a agresiones físicas, sino que también incluye el abuso emocional, la amenaza, el fraude y otras conductas que pueden afectar de forma significativa su salud mental y bienestar general.
En ese sentido, la medida sostiene que el maltrato o la amenaza de daño contra una mascota puede convertirse en un mecanismo de abuso emocional, especialmente porque para muchos adultos mayores los animales de compañía representan una fuente importante de apoyo emocional, compañía y estabilidad afectiva.
“El vínculo entre una persona de la tercera edad y su mascota es uno profundamente emocional. Y cuando alguien amenaza con hacerle daño a esa mascota, está utilizando el miedo y el apego como un instrumento de control psicológico. Eso también es maltrato y debe tener consecuencias penales claras. Con esta medida continuamos reafirmando nuestro compromiso con la protección integral de los adultos mayores y fortaleciendo las herramientas del sistema de justicia para atender modalidades de maltrato emocional que afectan la dignidad, seguridad y bienestar de las personas de la tercera edad”, expresó la senadora Soto Tolentino.
Actualmente, el ordenamiento penal no recoge de forma expresa esta modalidad de abuso, lo que —según la exposición de motivos— puede limitar la capacidad del Estado para intervenir cuando el daño o la amenaza contra una mascota se utiliza como instrumento de intimidación o control psicológico.
El Proyecto del Senado 1070 no crea un nuevo delito, sino que amplía el alcance de las disposiciones existentes para reconocer que el maltrato o amenaza de daño a una mascota, con el propósito de intimidar o causar daño emocional a una persona de edad avanzada, constituye una modalidad de abuso emocional penalmente relevante.
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