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Patronos se exponen a multas de hasta $10,000 por incumplir derechos de madres lactantes 

12 August 2026
This content originally appeared on Metro Puerto Rico.

 

Personal de las agencias orientará a los patronos sobre el Código de Lactancia, la prevención del discrimen laboral, la habilitación de salas de lactancia y las normas de seguridad ocupacional. La OPM también publicó guías sobre los requisitos que deben cumplir esos espacios.

Las salas no pueden estar dentro de baños ni contar con cámaras de seguridad. Además, deben tener nevera exclusiva para conservar leche materna, asiento, mesa, zafacón, agua potable, espacio para limpiar los equipos de extracción, ventilación, iluminación, tomacorrientes, cerradura y rotulación.

Según la Ley 87-2025, las trabajadoras tienen derecho a un periodo con paga no menor de una hora por jornada para lactar o extraerse leche, tanto en empleos a tiempo completo como parcial. Esa protección se extiende por al menos un año desde el regreso al trabajo.

El periodo se considera tiempo trabajado, por lo que el patrono no puede reducir el salario, exigir la reposición de horas ni modificar los turnos sin acuerdo con la empleada.

“Las guías que hemos publicado sirven como un mapa claro para que todo patrono reconozca sus obligaciones y garantice espacios óptimos, dignos e higiénicos”, añadió la procuradora.

El incumplimiento puede dar paso a investigaciones, querellas, compensaciones civiles y multas administrativas de hasta 10,000 dólares impuestas por la OPM.

Como parte de la campaña, el 21 de agosto se ofrecerá una jornada educativa en el Hospital Universitario Ramón Ruiz Arnau de Bayamón para personal de salud. La actividad incluirá orientación sobre el Código de Lactancia, el acompañamiento durante el parto y los protocolos para atender casos de violencia doméstica.