Según la resolución del Panel, el legislador sostuvo que las respuestas de la funcionaria eran incompatibles con controversias relacionadas con una investigación administrativa realizada años antes por el Departamento de Salud, cuando Roig Fuertes ocupaba una posición en destaque en esa agencia.
No obstante, tanto Justicia como el FEI concluyeron que la prueba recopilada no demostró que la funcionaria hubiese sido notificada formalmente como investigada, imputada, sospechosa o persona de interés en relación con esos hechos.
El Panel señaló que el delito de perjurio requiere demostrar que una persona realizó una declaración falsa con conocimiento de su falsedad o afirmó categóricamente un hecho cuya certeza no le constaba.
En ese sentido, indicó que las certificaciones obtenidas durante la evaluación establecieron que ni el Departamento de Salud ni el Departamento de Justicia notificaron a Roig Fuertes que fuera objeto de una investigación administrativa o criminal vinculada a los hechos señalados.
La resolución añade que, aunque la funcionaria participó en reuniones relacionadas con una investigación administrativa y ofreció declaraciones juradas durante ese proceso, ello no constituye evidencia suficiente para concluir que conocía que era investigada o que actuó con intención de ocultar información al completar el formulario sometido al Senado.
Asimismo, el Panel destacó que el senador Hernández Ortiz compareció ante el Departamento de Justicia en calidad de colaborador y no como testigo, por lo que no presentó una declaración jurada como parte del referido.
Los miembros del organismo también enfatizaron que su análisis se limitó exclusivamente a determinar si existían fundamentos para investigar un posible delito de perjurio y no a evaluar controversias administrativas, políticas o mediáticas relacionadas con la funcionaria.
“La función que aquí corresponde es estrictamente jurídica: determinar si existía causa suficiente para iniciar una investigación preliminar por posible conducta delictiva. A la luz del expediente remitido, la respuesta es en la negativa”, indicó el Panel en su resolución.
Como resultado, el FEI acogió la determinación del Departamento de Justicia y ordenó el archivo del expediente sin necesidad de trámites adicionales.
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