Nueva medida exigiría protectores de hélice para navegar en áreas protegidas
La Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley que obliga a las embarcaciones que naveguen dentro de los límites de áreas naturales protegidas en Puerto Rico a utilizar protectores de hélice.
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Se trata del Proyecto de la Cámara 434, presentado por el representante Joel Franqui Atiles, que busca reducir el impacto ambiental en estas zonas y evitar incidentes que resultan en la muerte de especies marinas protegidas.
“Urge hacer ajustes a los estatutos de navegación en Puerto Rico. Son demasiados los accidentes en el agua que han provocado la muerte de manatíes y tortugas marinas, especies protegidas cuya población cada vez es menor. Esta medida también protege a las personas, incluyendo bañistas y buzos que comparten estos espacios. Las hélices pueden provocar lesiones graves, mutilaciones y, en el peor de los casos, la muerte, lo que justifica establecer regulaciones adicionales para reducir estos riesgos”, subrayó Franqui Atiles en declaraciones escritas.
La pieza legislativa enmienda la Ley 430 de 2000, conocida como la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico. En la exposición de motivos de la legislación se señala que el impacto de las actividades humanas en los ecosistemas marinos ha generado preocupación durante las últimas décadas. El documento destaca que las hélices sin protección representan una amenaza significativa para especies marinas, incluyendo mamíferos marinos, tortugas y peces. También advierte que bañistas, buzos y usuarios recreativos de los cuerpos de agua pueden sufrir lesiones graves por contacto con estas aspas giratorias. El proyecto plantea que el uso de protectores de hélice constituye una medida preventiva que reduce el daño ambiental y fortalece la seguridad en las zonas protegidas.
“El protector de hélice es un accesorio que se instala alrededor de la hélice para evitar el contacto directo con las aspas giratorias. Se trata de piezas que se consiguen de forma accesible. El objetivo es proteger la vida de bañistas y usuarios de los cuerpos de agua, reducir accidentes causados por hélices de embarcaciones, proteger especies marinas, especialmente las que están en peligro, conservar los ecosistemas marinos dentro de áreas protegidas y promover una navegación responsable y segura que armonice la actividad marítima con la conservación ambiental”, indicó el legislador.
La medida establece que estarán exentas de este requisito las embarcaciones utilizadas exclusivamente por su dueño para la pesca comercial, las embarcaciones propiedad del Gobierno de Puerto Rico y aquellas operadas mediante alianzas público privadas.
El proyecto también fija sanciones para quienes incumplan con la disposición. Operar una embarcación dentro de un área natural protegida sin protector de hélice conllevará una multa administrativa de $250 dólares mediante boleto expedido por un agente del orden público. La sanción no limita acciones civiles, criminales o administrativas adicionales si se ocasionan daños a especies marinas, manglares, corales o praderas marinas.
La legislación establece que entrará en vigor luego de su aprobación, pero su aplicación comenzará un año después. Durante ese periodo el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) deberá desarrollar un esfuerzo educativo dirigido a operadores de embarcaciones para orientar sobre la importancia del uso de protectores de hélice, así como coordinar esfuerzos con proveedores para informar al público sobre su instalación y uso adecuado.
Tras su aprobación en la Cámara de Representantes, la medida pasará ahora al Senado para su evaluación.
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