Exfiscal advierte que no apelar fallo en caso Viqueira puede distorsionar alcance de la legítima defensa
El exfiscal Earnie Cabán cuestionó la determinación del Departamento de Justicia de no apelar la absolución del enfermero Eduardo Meléndez Velázquez, al advertir que la sentencia deja vigente una interpretación errónea sobre la legítima defensa.
La secretaria de Justicia, Lourdes L. Gómez Torres, confirmó que el ministerio público no recurrirá al Tribunal de Apelaciones tras el fallo emitido por el juez Ángel Llavona Folguera, quien absolvió a Meléndez Velázquez por la muerte del biólogo Roberto Viqueira Ríos.
Cabán señaló en entrevista televisiva (Día a Día) que la redacción final de la sentencia complicaba una revisión apelativa.
“El juez, cuando hace su alocución en el tribunal, manifiesta que absuelve al enfermero por legítima defensa, pero cuando redacta la sentencia incluye el elemento de duda razonable sobre el escenario, sobre el caso. Y esto complica la revisión del caso porque las cuestiones de duda razonable sobre los hechos no son revisables en el tribunal”.
No obstante, sostuvo que existía un planteamiento jurídico que debió examinarse en apelación.
“Aquí hay dos elementos. Hay una cuestión de derecho, que es el error del juez reconociendo como legítima defensa el acto del enfermero. Y está la cuestión de la duda razonable”.
El exfiscal advirtió que la decisión de no apelar podría generar una percepción pública equivocada sobre el alcance de la legítima defensa en conflictos vecinales.
“Hay una percepción errónea de que un vecino puede ir a tirotear al otro si le tiró una pedrada o si tuvo cualquier inconveniente con el vecino. Se desvirtuó lo que es la legítima defensa”.
Según Cabán, llevar el caso ante el foro apelativo habría permitido aclarar el alcance constitucional de la figura.
“Desde ese punto de vista de derecho debió haberse llevado el caso a que finalmente el apelativo pudiera entender que el derecho constitucional a una doble exposición va por encima del error del juez cometido. Pero se le aclaraba al pueblo que eso no es una legítima defensa y los ciudadanos no pueden hacer eso, coger la justicia en sus manos”.
Sentencia “confusa”
Cabán también describió la sentencia como inconsistente al combinar legítima defensa con duda razonable.
“Es confusa la sentencia porque en la sentencia se reafirma que hubo una legítima defensa del enfermero. Por lo tanto, por consiguiente tuvo dudas razonables de los hechos, que no tiene que ver una cosa con la otra”.
Añadió que la inclusión del elemento de duda razonable hacía “cuesta arriba” revocar la absolución.
“Está el elemento duda razonable que se puede interpretar de que sí tuvo duda razonable y era cuesta arriba revocar esa determinación”.
Posible vía civil
Sobre las opciones que le restan a la viuda del biólogo, Moshayra Vicente Cruz, Cabán indicó que podría recurrir a la vía civil.
“Si no ha pasado un año desde que ocurrió el daño, que es la muerte del biólogo, ella tiene una acción de daños y perjuicios que pudiera entablar contra el enfermero”.
Explicó que el estándar probatorio en lo civil es distinto al penal.
“La forma de probar la demanda es distinta. Probar un delito es más allá de duda razonable. En el ámbito civil es preponderancia de la prueba”.
La decisión del Departamento de Justicia cierra el capítulo penal del caso, pero mantiene abierto el debate jurídico y público sobre los límites de la legítima defensa y el alcance de la revisión apelativa en Puerto Rico.
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