¿Dónde está hoy el pleito del gobierno para cancelar el contrato de LUMA?
El pleito iniciado por el gobierno de Puerto Rico para cancelar el contrato suplementario otorgado a LUMA Energy se encuentra hoy en una etapa procesal clave, centrada en qué tribunal tiene jurisdicción para atender la demanda: estatal o federal.
Actualmente existen dos demandas distintas, ambas relacionadas con el mismo contrato, pero radicadas por partes diferentes y bajo fundamentos legales separados.
La primera demanda fue presentada por la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). En ese pleito, las corporaciones públicas alegan incumplimientos contractuales y activaron los mecanismos establecidos en el propio contrato para atender disputas técnicas, como la evaluación de una nueva empresa privada.
La segunda demanda fue radicada a nombre de la gobernadora Jenniffer González Colón, bajo la doctrina de parens patriae. También apareció la APP y la AEE como partes con interés.
En este caso, no se solicitó un interdicto preliminar, sino una sentencia declaratoria para que el tribunal declare nulo el contrato suplementario otorgado a LUMA en 2022, por entender que se extendió de manera ilegal bajo las leyes que regulan las alianzas público privadas.
En esta, la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) pidió intervenir como parte demandada.
Ambas demandas fueron presentadas originalmente en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Sin embargo, LUMA solicitó el traslado automático de los casos a la corte federal de quiebras bajo el Título III de la Ley PROMESA, lo que provocó que los pleitos pasaran al foro que preside la jueza Laura Taylor Swain. Esta movida se le conoce como un removal.
Ante ese traslado, tanto la AAPP como la gobernadora radicaron mociones solicitando el remand, es decir, que los casos regresen al foro estatal. Hoy, 2 de febrero, vence el término para que LUMA y la Junta presenten sus oposiciones a esas solicitudes.
El abogado experto en temas de energía, Ronaldo Emmanuelli explicó que, en esta fase, la jueza Swain no está evaluando todavía si el contrato es válido o no, sino únicamente si corresponde que el caso sea atendido por el tribunal federal o por las cortes de Puerto Rico.
“Esos casos se radicaron en la corte de Puerto Rico, pero LUMA se los lleva. En el caso de la gobernadora, la Junta pidió intervención. La jueza puso unos itinerarios iguales para ambos casos”, indicó Emmanuelli.
Según detalló, una vez se presenten hoy las oposiciones al remand, el gobierno y la AAPP tendrán hasta el 16 de febrero para someter sus réplicas, es decir, responder a los argumentos de LUMA y de la Junta Fiscal.
“(Hoy) vence el término para los opositores a esas mociones de remand (...) Mientras el 16 de febrero, la gobernadora y la APP, en ambos casos, tienen entonces que replicar a la oposición que hay al remand”, explicó.
Tras completarse ese intercambio de escritos, el caso quedará sometido para decisión de la jueza Swain, quien podrá resolver el asunto por escrito o, si lo estima necesario, convocar a una vista oral.
Emmanuelli señaló que, aunque la jueza tiene jurisdicción para atender el caso, también puede optar por abstenerse de intervenir si concluye que la controversia debe resolverse bajo derecho local.
“Ella puede en un ejercicio de prudencia judicial decir que ‘en realidad yo no tengo jurisdicción, esto es mejor que lo resuelvan las cortes de Puerto Rico’. Eso se llama abstenerse”, sostuvo.
Por su parte, el abogado John Mudd confirmó en que el proceso actual gira exclusivamente alrededor del remand.
“En esos dos casos, ya el gobierno de Puerto Rico radicó lo que se llama el motion for remand. LUMA tiene hasta el 2 de febrero para radicar su oposición y después el gobierno tiene hasta el 16 de febrero para radicar su réplica”, explicó Mudd.
Mudd aclaró que el remand implica devolver formalmente el expediente del tribunal federal al tribunal estatal, lo que permitiría que las demandas continúen su trámite en Puerto Rico.
“Cuando tú tienes un caso donde hay un removal, literalmente el brazo del tribunal federal coge el expediente del tribunal estatal y se lo lleva al tribunal federal. Remand es remandar el caso al tribunal estatal”, explicó el abogado.
De mantenerse el caso en el foro federal, la jueza Swain tendría que atender posteriormente los argumentos sustantivos sobre la legalidad de la extensión del contrato suplementario otorgado en 2022.
De devolverlo al foro estatal, serían los tribunales de Puerto Rico los que decidirían si el contrato fue extendido de manera ilegal, como alega el gobierno.
Mientras tanto, la jueza ordenó que cualquier solicitud de interdicto provisional quede en suspenso hasta que se resuelvan las mociones de remand y abstención, por lo que no habrá determinaciones sobre la cancelación del contrato hasta que se defina primero el foro.
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