Cidra pide al NEPR frenar posible desconexión de instalaciones municipales por parte de LUMA
Ante ese planteamiento, Cidra solicitó a LUMA que identificara el fundamento reglamentario para establecer esa fecha y entregara documentación relacionada con el proceso previo a una suspensión del servicio.
“El municipio solicitó a LUMA que identificara el fundamento reglamentario para establecer esa fecha y que entregara la documentación relacionada con el proceso. Nuestra petición no busca que el negociado determine en esta etapa si corresponde pagar el balance reclamado. Lo que solicitamos es que se mantenga el servicio mientras se determina si se cumplieron los requisitos que establece el reglamento antes de una desconexión”, sostuvo el Alcalde.
Entre los documentos solicitados figuran la factura final contemplada en el Reglamento 8818, evidencia de su notificación, los informes mensuales requeridos y las advertencias relacionadas con el procedimiento de suspensión.
Al momento de presentar la moción, según el municipio, LUMA no había respondido formalmente a esos requerimientos. Pagán Clavijo sostuvo, además, que el reglamento contempla etapas adicionales antes de una desconexión, incluida la notificación de un plan y un calendario de suspensión.
De acuerdo con el alcalde, una representante de LUMA había advertido por escrito al municipio que “les van a desconectar”.
La solicitud presentada ante el Negociado busca que el servicio permanezca activo mientras el organismo regulador evalúa si se cumplieron los requisitos aplicables antes de una eventual suspensión.
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