Proyecto eliminaría penalidades de AutoExpreso cuando fallen los avisos de balance
Lea también: Senado aprueba reducir de $15 a $10 multas de AutoExpreso
El proyecto enmendaría el Artículo 22.02 de la Ley 22-2000, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, para añadir requisitos sobre los mecanismos de aviso, las notificaciones electrónicas, el acceso a recarga y los procedimientos para impugnar penalidades.
La protección contra la penalidad no aplicaría si al usuario ya se le había notificado la insuficiencia de balance mediante un método verificable. Tampoco eximiría al conductor de pagar el peaje utilizado, ya que solo cubriría la penalidad administrativa por falta de fondos.
La medida requeriría al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y a AutoExpreso, como operador del sistema, instalar y mantener mecanismos que identifiquen de forma clara un balance bajo o insuficiente. Donde sea técnicamente viable, estos incluirían un aviso tipo semáforo u otro sistema visual equivalente.
Además, cada transacción procesada con balance insuficiente tendría que generar un aviso electrónico inmediato, siempre que la cuenta tenga información de contacto válida.
“Lo que buscamos es que la persona pueda saber qué ocurrió, cuánto necesita recargar y hasta cuándo puede hacerlo para evitar una penalidad. También queremos que, si hubo una falla, tenga una vía para reclamar y que existan registros que permitan verificar lo sucedido. Son garantías necesarias para que el proceso sea justo y transparente”, sostuvo la legisladora.
Lea también: Regresan las multas de AutoExpreso
Las plazas de peaje donde sea seguro detener el vehículo tendrían que ofrecer un mecanismo de recarga de AutoExpreso o acceso inmediato a un punto de recarga, ya sea atendido, automatizado o mediante tecnología equivalente. En las estaciones donde detenerse no sea seguro, la ACT o el operador tendría que colocar rótulos con las alternativas para verificar y recargar, y garantizar al menos una opción accesible dentro del corredor vial.
La ACT también tendría que establecer un programa de inspección y certificación periódica de los avisos. Por cada estación de peaje, mantendría registros electrónicos de las inspecciones, las reparaciones, las fallas detectadas y el tiempo fuera de servicio.
El proyecto crearía un procedimiento expedito para que los usuarios impugnen penalidades por fallas en los avisos, errores de notificación o falta de métodos de recarga. La ACT tendría que conservar y proveer la evidencia operacional necesaria para atender esas reclamaciones.
La agencia publicaría cada trimestre en su portal un informe por estación de peaje con la disponibilidad de los mecanismos de aviso y recarga, las interrupciones significativas, el porcentaje de tiempo fuera de servicio, las transacciones con balance insuficiente y las penalidades anuladas por fallas del sistema. Los contratos vigentes y futuros de operación de peajes tendrían que incluir estas obligaciones y penalidades por incumplimiento.
De convertirse en ley, el DTOP y la ACT tendrían 90 días para adoptar o enmendar sus reglamentos. La ley entraría en vigor 90 días después de su aprobación, excepto la disposición sobre reglamentación, que tendría vigencia inmediata.
Dentro de los 30 días siguientes a la vigencia de la ley, la ACT tendría que enviar a la Cámara y al Senado un inventario de todas las plazas de peaje con el estado de los mecanismos de aviso, el acceso a recarga y las deficiencias pendientes.
Lea también: Investigan contadores inteligentes de LUMA por alzas en factura de luz
Related News
NFE proyecta entrada del buque Amur River al Puerto de San Juan para el lunes
Sin luz en el Viejo San Juan: Cámara cancela trabajos y el Senado los mantiene
Investigan accidente grave con motora en Maunabo