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Rivera Schatz refiere a la subsecretaria de la gobernación al PFEI y a Ética Gubernamental 

14 July 2026
This content originally appeared on Metro Puerto Rico.

 

El referido contra García está relacionado con declaraciones juradas realizadas por el exsecretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Sebastián Negrón Reichard, y el ex director de la Oficina de Incentivos para Negocios del DDEC, Ernesto Zayas García.

Según alega Rivera Schatz, la subsecretaria presionó a Negrón Reichard “al menos en dos ocasiones”, mediante mensajes de texto, para que el DDEC gestionara el destaque hacia la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) de la esposa del presidente de Politank, Manuel Torres.

Además, el líder senatorial señala una presunta destrucción de evidencia, al alegar que García borró “todos los mensajes que intercambió” con el entonces titular del DDEC, comunicaciones que, según el referido, evidenciaban las presiones realizadas.

“El borrado deliberado de comunicaciones oficiales pertinentes a una investigación en curso, senatorial y del Panel, constituye, de corroborarse, conducta tipificable como destrucción de pruebas y susceptible de agravar la responsabilidad de su autora”, indicó Rivera Schatz.

El presidente del Senado pide que se evalúen posibles violaciones a los siguientes artículos:

Código Penal de Puerto Rico (Ley Núm. 146-2012)

  1. Artículo 254 — Intervención indebida en las operaciones gubernamentales (por las gestiones de destaque y contratación en beneficio de terceros vinculados)
  2. Artículo 285 — Destrucción de pruebas (por el borrado de mensajes intercambiados con el ex secretario del DDEC)
  3. Artículo 250 — Enriquecimiento ilícito (uso de información oficial para beneficio de un tercero)
  4. Artículo 251 — Enriquecimiento injustificado (aplica también al tercero beneficiado, en este caso el Sr. Sánchez)
  5. Artículo 252 — Aprovechamiento ilícito de trabajos o servicios públicos (pagos con fondos públicos que beneficiarían indirectamente a la funcionaria)
  6. Artículo 244 — Conspiración (acuerdo entre dos o más personas para cometer un delito)
  7. Artículo 44 — Coautoría (modos de responsabilidad: solicitar/instigar, cooperar o ayudar a propósito)

Ley Núm. 1-2012 (Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental)

8. Artículo 4.2(b) — Utilizar los deberes y facultades del cargo para obtener beneficio no permitido por ley (en relación con el Artículo 4.7(a)(1), que tipifica la violación intencional como delito grave) 9. Artículo 4.2(g) — Intervenir en asuntos donde un familiar o persona que comparte residencia tiene un conflicto de interés 10. Artículo 4.2(h) — Intervenir en el nombramiento, remuneración o contratación de un pariente o allegado 11. Artículo 4.2(p) — Alterar, destruir u ocultar propiedad pública bajo su custodia (aparejada con responsabilidad penal bajo el Art. 4.7(a)(1)) 12. Artículo 4.2(s) — Realizar acciones que pongan en duda la imparcialidad e integridad de la función gubernamental

Ley Núm. 2-2018 (Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico)

13. Artículo 4.2 — En cuanto a gestiones contra personas que cooperan con investigaciones sobre uso ilegal de fondos públicos 14. Artículo 4.4 — En relación con la destrucción de comunicaciones vinculada a dichas investigaciones

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Doc by Metro Puerto Rico