Ordenan que Elias Sánchez y Valerie Rodríguez paguen 55 mil en caso de Jay Fonseca
Posteriormente, la pareja responsabilizó a sus abogados por supuestamente no mantenerlos informados sobre el curso del litigio.
Arias Marxuach describió estas posturas como un constante “juego de echar culpas” y concluyó que el incumplimiento de los demandantes fue intencional.
“El incumplimiento de los demandantes durante el último año ha sido deliberado… los demandantes han hecho representaciones materialmente inconsistentes a este tribunal”, expresó el juez en su determinación.
La orden de pago no incluye reclamaciones presentadas por Fonseca Aponte ni por su empresa, Jagual Media LLC, debido a que, procesalmente, su solicitud para compelir la entrega de evidencia se resolvió mediante una vista oral.
Aunque Sánchez Sifonte y Rodríguez Erazo impugnaron las cantidades reclamadas por la defensa, el juez solo hizo ajustes menores antes de fijar la deuda final. El tribunal adjudicó $46,983.95 a favor de Telemundo y NBC, además de $7,937.50 a favor de Mojena Zapico y su compañía TM Television, Inc.
La controversia sobre los gastos legales fue atendida por la nueva representación de los demandantes, compuesta por los abogados Peter W. Miller y Yashkiabette I. De Jesús Blanco, quienes asumieron el caso poco antes de su desestimación.
En una de las órdenes, el juez también reprendió a estos abogados tras concluir que hicieron alegaciones falsas al impugnar las facturas legales de la parte demandada.
“Los abogados de los demandantes están advertidos de no intentar realizar otra vez este tipo de representación falsa de los hechos al tribunal”, sentenció Marxuach.
Puntos claves en el caso
A continuación se resumen los puntos clave de lo expresado por el juez en las resoluciones:
1. Órdenes de Pago (Honorarios y Costas)
El juez emitió tres determinaciones distintas que, en conjunto, obligan a la pareja demandante a pagar un total de $54,921.45 por concepto de honorarios de abogados y gastos incurridos por los demandados:
- $40,623.95 a favor de Telemundo y NBC tras una moción para compeler descubrimiento.
- $7,937.50 a favor de Antonio G. Mojena y TM Television (TMTV).
- $6,360.00 adicionales a Telemundo y NBC por honorarios relacionados con una factura verificada tras el incumplimiento de órdenes previas.
2. Justificación de las Sanciones
El magistrado fundamentó estas determinaciones en el patrón de incumplimiento de los demandantes. Específicamente, señaló que:
- Las reclamaciones de daños consecuentes fueron desestimadas con perjuicio debido a que los demandantes no cumplieron con órdenes judiciales claras y no ambiguas.
- La imposición de honorarios es obligatoria bajo las Reglas Federales de Procedimiento Civil cuando se compelen descubrimientos, a menos que la parte que se resiste demuestre una “justificación sustancial”, algo que el juez determinó que los demandantes no lograron hacer.
3. Determinación sobre las Tarifas de Abogados
El juez rechazó la solicitud de los abogados de los demandados de aplicar tarifas del mercado del sur de Florida ($337.50 - $450/hora) de manera generalizada. En su lugar, determinó que:
- Deben prevalecer las tarifas de la comunidad local (Puerto Rico) para trabajos similares.
- Fijó escalas razonables para este caso: $350.00 por hora para socios con décadas de experiencia, $325.00 por hora para socios de nivel medio y $175.00 por hora para asociados.
4. Advertencia Ética a los Abogados
Un aspecto notable de la determinación es la advertencia directa que el juez hizo a los abogados de los demandantes en uno de los documentos. El juez concluyó que los abogados de la parte demandante intentaron manipular la información en sus escritos para hacer parecer que los abogados contrarios estaban incurriendo en prácticas de facturación indebida (como el block-billing), cuando las facturas originales demostraban lo contrario. Por ello, les ordenó no volver a realizar representaciones fácticas falsas ante el tribunal.
5. Metodología Utilizada
Para llegar a estas cifras, el juez aplicó el método lodestar, que consiste en multiplicar el número de horas razonablemente trabajadas por una tarifa horaria razonable, realizando ajustes hacia abajo cuando las entradas de tiempo eran vagas, excesivas o de naturaleza puramente clerical
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