“El Negociado de Energía reconoce, como asunto de política pública energética y de interés público, independientemente de las posiciones planteadas por las partes, la importancia crítica del desarrollo e implementación oportuna de los proyectos para apoyar la confiabilidad, resiliencia y transformación continua del sistema eléctrico de Puerto Rico”, indicó la resolución.
El Negociado sostuvo que la determinación busca atender asuntos contractuales identificados durante las negociaciones entre la Autoridad de Energía Eléctrica y el proponente.
Según la resolución, aunque el organismo no participa en la negociación de los términos contractuales entre las partes, sí puede emitir recomendaciones y parámetros cuando sea necesario para adelantar el interés público.
Como parte de la evaluación, el Negociado examinó fechas límites para cierres financieros, mecanismos de compensación, estructuras tarifarias y requisitos asociados a costos de interconexión y capacidad financiera.
El organismo autorizó ajustes adicionales a disposiciones contractuales relacionadas con términos de cierre y procesos de extensión.
También determinó eliminar ciertos mecanismos de ajuste relacionados con costos de interconexión, tras concluir que esos costos ya estaban reflejados en los precios contractuales propuestos.
El Negociado reconoció además “la necesidad urgente de incorporar recursos adicionales de generación para apoyar la confiabilidad y estabilidad operacional del sistema, reducir el riesgo de deficiencias en el suministro e interrupciones del servicio, y facilitar la continua modernización del sistema eléctrico de Puerto Rico”.
La resolución reiteró que cualquier modificación adicional durante el proceso de negociación deberá permanecer alineada con el interés público.
“El Negociado de Energía nuevamente exhorta a las partes a continuar participando en discusiones de buena fe sobre aquellas modificaciones que sean necesarias para facilitar el financiamiento y desarrollo de los proyectos, siempre que dichas modificaciones permanezcan consistentes con el interés público, no afecten adversamente a los consumidores y no resulten en aumentos de costos para la AEE ni para los abonados”, señaló.
El Negociado ordenó a la Autoridad de Energía Eléctrica y al Proponente Número 3 implementar revisiones consistentes con las directrices emitidas y presentar el lenguaje contractual revisado dentro de los términos establecidos.
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