Apelación por asesinato en Moca busca redefinir límites de privacidad digital en Puerto Rico
Una apelación presentada ante el Tribunal de Apelaciones en el caso Pueblo v. Nelvin Nieves López podría convertirse en un precedente sobre cómo se aplican las protecciones constitucionales de privacidad en el mundo digital, particularmente en plataformas como Facebook, Messenger y WhatsApp.
La defensa del acusado sostiene que el Estado obtuvo comunicaciones privadas mediante una orden de registro “excesivamente amplia” y sin causa probable, lo que permitió a las autoridades acceder a la totalidad de sus mensajes, imágenes, videos y conversaciones con personas ajenas a la investigación.
“La Constitución no permite que el Estado entre a revisar todas las conversaciones privadas de una persona simplemente para ver qué encuentra. Eso no es una investigación conforme a derecho; eso es una expedición de pesca”, afirmó el abogado defensor, Ernie Cabán Santiago.
Ya había llegado al Tribunal de Apelaciones
El caso se remonta al 5 de marzo de 2020, cuando la joven Angélica Marie Méndez Arocho, de 19 años, fue asesinada a tiros en un complejo deportivo del sector El Limón, en Moca. En julio de 2021, la Policía y la Fiscalía de Aguadilla radicaron cargos por asesinato, ley de armas y amenaza contra Nelvin Nieves López, entonces de 18 años, y Leonardo Soto Butler, de 16, quienes fueron acusados como adultos.
En aquel momento, las autoridades aseguraron haber reunido “evidencia acusatoria” suficiente para sostener los cargos.
Sin embargo, la controversia sobre la legalidad de parte de esa evidencia —particularmente la obtenida de redes sociales— ha marcado el caso desde etapas tempranas.
En diciembre de 2023, el Tribunal de Apelaciones evaluó un recurso de certiorari presentado por la defensa para suprimir esa evidencia digital. En esa etapa interlocutoria, el foro apelativo denegó la petición y concluyó que la declaración jurada del agente investigador “establecía la razonabilidad de las solicitudes realizadas”.
La apelación actual
La apelación presentada ahora —tras el juicio en su fondo y la sentencia de culpabilidad emitida en abril de 2025— plantea que el desarrollo del proceso reveló fallas sustantivas que no estaban disponibles en 2023. Entre ellas:
- admisión de mensajes no autenticados,
- ausencia de testigos que corroboraran su contenido,
- ocupación de comunicaciones de terceros ajenos al caso,
- y la frase del juez de instancia al concluir el juicio:“No me molestaría que me revocaran.”
La defensa argumenta que las órdenes de registro digital carecían de causa probable, eran excesivamente amplias y permitieron una intromisión masiva en la intimidad del acusado y de terceros.
Cabán comparó el acceso a cuentas digitales con el registro de una residencia física. “En el mundo digital, cada conversación privada es como un cuarto cerrado dentro de una casa con múltiples residentes. El Estado no puede entrar a toda la casa sin decir en cuál cuarto está buscando evidencia”, sostuvo el también exfiscal.
Implicaciones más allá del caso Nieves López
El recurso plantea que la ausencia de legislación y jurisprudencia clara sobre registros en redes sociales está permitiendo que las autoridades soliciten órdenes amplias que abren la puerta a revisar comunicaciones privadas sin límites definidos.
La apelación solicita la revocación de la sentencia y que el Tribunal de Apelaciones establezca parámetros claros para las órdenes de registro dirigidas a plataformas digitales, incluyendo:
- causa probable,
- especificidad,
- particularidad,
- y protección de la intimidad de terceros.
De acogerse, el caso podría convertirse en un hito sobre privacidad digital en Puerto Rico y definir cómo se aplican las garantías constitucionales tradicionales en el contexto de las tecnologías modernas.
Related News
Por segunda semana consecutiva, influenza sigue debajo del umbral epidémico
Caos en Teherán: calles bloqueadas por tráfico, padres recogiendo niños y colas en caje...
Ciudadano oriental transfiere dinero a supuestos agentes de China y pierde $125 mil