Agencias y expertos respaldan proyecto que protege ingresos de menores creadores de contenido
Diversas agencias gubernamentales y organizaciones profesionales coincidieron ante la Comisión de Gobierno del Senado en respaldar el Proyecto del Senado 973, que busca obligar la reserva de parte de los ingresos generados por menores en contenido digital monetizado, aunque solicitaron cambios para su implantación.
La medida propone crear la “Ley para la Protección Económica de Menores que realizan contenido digital monetizado” y exige que padres, tutores o creadores responsables depositen un porcentaje de las ganancias en un fondo a nombre del menor.
La secretaria del Departamento de la Familia, Suzanne Roig Fuertes, sostuvo que la iniciativa atiende una realidad creciente en Puerto Rico. Expresó que “la participación de menores en plataformas digitales con fines lucrativos constituye una nueva forma de actividad económica que requiere regulación específica para proteger sus derechos”.
La funcionaria indicó además que la legislación reconoce que la imagen y voz de los menores generan valor económico. Señaló que “la medida reconoce la importancia de garantizar que los menores reciban una compensación justa y que su participación no menoscabe su bienestar ni su desarrollo”.
Desde la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), la administradora Catherine I. Oliver Franco planteó que la propuesta debe ampliar su enfoque más allá del aspecto económico. Indicó que “resulta indispensable que esta legislación no se limite a disposiciones de carácter económico, sino que incorpore componentes preventivos y psicosociales que salvaguarden el bienestar integral de los menores involucrados”.
La funcionaria advirtió además sobre los riesgos emocionales de la exposición digital. Señaló que “la protección integral debe ser el eje central de la normativa, asegurando que la actividad digital no se convierta en un factor de riesgo para su desarrollo”.
El secretario de Educación, Eliezer Ramos Parés, también respaldó la intención del proyecto y lo vinculó al derecho constitucional a la educación. Expuso que la medida “persigue un fin legítimo y necesario” y busca proteger derechos económicos, morales y digitales de la niñez en el entorno digital.
El titular educativo añadió que la regulación debe aplicarse con cautela en el contexto escolar. Recomendó precisar los escenarios en los cuales contenido producido en la escuela podría generar ingresos para evitar afectar la libertad académica.
La Asociación de Psicología de Puerto Rico coincidió en la necesidad de la legislación, pero alertó sobre impactos emocionales. La coordinadora del comité de política pública, Zayana Figueroa Montero, señaló que “la exposición constante de menores en redes sociales puede alterar significativamente su desarrollo emocional y su percepción de privacidad”.
Además, indicó que el derecho a eliminar contenido al alcanzar la mayoría de edad resulta importante. Explicó que “el derecho al olvido es esencial para que la adultez joven pueda construir una identidad propia”.
Por su parte, la Asociación de Bancos de Puerto Rico no objetó la política pública, pero cuestionó el mecanismo propuesto para administrar el dinero. Su presidenta ejecutiva, Zoimé Álvarez Rubio, advirtió que la figura del fideicomiso podría resultar costosa. Expuso que “los fideicomisos en Puerto Rico son estructuras complejas, no solo en su constitución sino también en su administración”.
La entidad recomendó definir qué instituciones podrán manejar las cuentas y aclarar quién fiscalizará el cumplimiento del depósito de ingresos.
Mientras, la comisionada de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, Mónica Rodríguez Villa, reconoció la intención protectora del proyecto, pero sostuvo que la agencia no puede endosarlo en su forma actual. Indicó que la medida asigna funciones que exceden sus facultades legales.
Señaló que la oficina “no tiene jurisdicción sobre los contratos otorgados por los bancos y sus clientes” y advirtió que el proyecto impone responsabilidades reglamentarias fuera de su marco regulatorio.
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